Para los que somos meros espectadores en la distancia, las tragedias duran lo que se tarda en dejar de hablar de ellas. Pero, para los afectados además del permanente dolor y de tener que reconstruir sus vidas, queda un largo camino de reclamaciones y juicios. Eso es lo que están viviendo las víctimas y familiares del naufragio del Costa Concordia hace once meses.
Ya se ha celebrado un primer juicio por la demanda interpuesta por CEEACCU por la que se pedía eliminar algunas cláusulas, consideradas abusivas, del contrato de viaje. La sentencia ha dado la razón al demandante anulando 8 de las 10 cláusulas examinadas, lo que abre la puerta a que los afectados puedan reclamar sus indemnizaciones en los juzgados españoles. Una de estas condiciones obligaba a someter los juicios a los tribunales genoveses. La propia naviera ha admitido el carácter abusivo de esta cláusula.
Además la sentencia ha declarado nulos los artículos siguientes de las Condiciones Generales de Contratación: 5.1. sobre modificaciones del viaje; 7.1. sobre cesiones; 8.3. sobre cancelación por parte del organizador; 15.1. sobre excursiones y 18.1. sobre custodia de objetos de valor. Asimismo, se declara la nulidad de las estipulaciones contenidas en las condiciones de venta en línea de servicios y productos de Costa Cruceros, contempladas en los artículos 1.1. de normas aplicables, 2.2. sobre cierre de contrato.
CEACCU continuará ahora con la reclamación de una compensación más justa. Los 11.000 euros que ofreció la compañía naval a cada afectado podrían quedar en nada comparados con los 100.000 que reclaman CEACCU. En total 70 de los 120 españoles que viajaban en el Costa Concordia están incluidos en esta demanda. Lo que ya han conseguido favorece a todos los pasajeros de cruceros.
Vía | Hosteltur